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    Derechos laborales y condiciones de trabajo
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      Instrumentos de la OIT

      Las normas internacionales del trabajo son instrumentos jurídicos preparados por los mandantes de la OIT (gobiernos, empleadores y trabajadores) que establecen principios y derechos básicos en el trabajo. Las normas se dividen en convenios (o protocolos), que son tratados internacionales jurídicamente vinculantes que pueden ser ratificados por los Estados Miembros, o en recomendaciones, que actúan como directrices no vinculantes. El Consejo de Administración de la OIT ha establecido que ocho convenios son «fundamentales».
      • Convenios fundamentales

        • Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), y el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930
        • Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87)
        • Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98)
        • Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100)
        • Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105)
        • Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111)
        • Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138)
        • Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182)

        Convenios pertinentes a la agricultura

        • Convenio sobre el derecho de asociación (agricultura), 1921 (núm. 11)
        • Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 (núm. 99), y la Recomendación sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 (núm. 89)
        • Convenio sobre las plantaciones, 1958 (núm. 110), y el Protocolo de 1982 relativo al Convenio sobre las plantaciones, 1958
        • Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129)
        • Convenio sobre las organizaciones de trabajadores rurales, 1975 (núm. 141), y la Recomendación sobre las organizaciones de trabajadores rurales, 1975 (núm. 149)
        • Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169), y la Recomendación sobre poblaciones indígenas y tribuales, 1957 (núm. 104)
        • Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura, 2001 (núm. 184), y la Recomendación sobre la seguridad y la salud en la agricultura, 2001 (núm. 192)
        • Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (núm. 193)
        • Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189)

        Recomendación 204 sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015 (núm. 204)

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    La Organización Internacional del Trabajo (OIT) está consagrada a la promoción de la justicia social, de los derechos humanos y laborales reconocidos internacionalmente, persiguiendo su misión fundadora: la justicia social es esencial para la paz universal y permanente.

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